El pasado 4 de abril, el Ministro de Energía, Juan Carlos Jobet, anunció la determinación de postergar la entrada en vigencia de las tarifas de hora punta durante los meses de abril y mayo.
¿Qué significa esto? Te lo explicamos a continuación.
Las empresas consideradas clientes regulados (contratos de suministro con tarifas BT2 y AT2, BT3 y AT3 y BT4 y AT4) deben pagar un costo extra cuando utilizan energía eléctrica de la red durante las horas punta. Hasta hoy, estas empresas tenían dos opciones:
- Dejar de operar en horario punta, disminuyendo la productividad y rentabilidad de sus instalaciones, y generando menos empleo.
- Trabajar en horario punta, pero desconectándose del sistema eléctrico para operar con generadores diesel, los cuales, son mucho más competitivos frente a los costos que significa el horario punta, pero producen más emisiones de gases de efecto invernadero que la electricidad de la red debido a una menor eficiencia del sistema.
Con la eliminación de esta medición, las empresas podrán operar en horas punta sin temer a los gastos extra, y por lo tanto, no deberán recurrir a ninguna de estas dos opciones.
Las personas, en sus casas ¿también se benefician?
Por supuesto! Porque aunque las tarifas eléctricas residenciales no consideran el horario punta (la tarifa es plana, nuestros medidores típicos no pueden medir el consumo de energía diferenciado por hora), tienen un cobro adicional en invierno llamado “cargo por energía adicional de invierno”, el cual, bajo estas nuevas circunstancias, tampoco será aplicado durante los meses de abril y mayo.
Queremos recalcar que estas medidas, aunque muy bienvenidas porque apuntan a un beneficio o alivio económico (al hacer la energía más barata durante un periodo de crisis), en ningún caso representan una medida de eficiencia energética, es decir, no por ser más barata la energía, vamos a dejar de buscar la eficiencia.
Para leer la nota completa, puedes ingresar en la página del Ministerio de Energía en este link